viernes, 30 de diciembre de 2011

El Supremo ratifica la suspensión del título de Ingeniero de edificación de la UPV/EHU, Burgos y San Pablo CEU

Y para acabar el año, más madera...
Espero que paseis un buen 2012 y que los Reyes nos traigan un poco de hormigón a todos.



BILBAO, 30 Dic. (EUROPA PRESS) -



El Tribunal Supremo (TS) ha dictado un auto por el que accede a la suspensión cautelar del título de Ingeniero de la Edificación en las Universidades de País Vasco, Burgos y San Pablo CEU, según ha informado este viernes en un comunicado el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales (CGCOII).

El auto definitivo, dictado el pasado 21 de diciembre, ratifica el anteriormente adoptado por dicho Tribunal el 31 de marzo, que fue anulado por no haberse dado trámite de audiencia en el procedimiento judicial a las universidades interesadas.

Tras el análisis y desestimación de todos los argumentos esgrimidos por las partes personadas en este nuevo proceso (Abogacía del Estado, Consejo General de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, Universidad de Burgos, Fundación Universitaria San Pablo CEU, Universidad Politécnica de Madrid y Universidad del País Vasco), el TS se ha ratificado en su anterior decisión.

El Ministerio de Educación elevó el pasado mes de julio un informe al Consejo de Universidades en el que instaba a las entidades académicas a proponer "una denominación alternativa" con el argumento de que "si alguna de las resoluciones de suspensión cautelar adquiriera firmeza definitiva, el Ministerio debería proceder a su ejecución.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales ha señalado que, en este punto, la única posibilidad para que los títulos afectados puedan permanecer en el Registro de Universidades, Centros y Título (RUCT) pasaría por su cambio de denominación.

"De no ser así, el Ministerio, al no poder sustituir la acción de la universidad en este punto, podría verse obligado a suspender cautelarmente la propia inscripción registral del título", ha indicado.

Por ese motivo, el Consejo General de Colegios Oficiales ya solicitó en noviembre a Educación que acordara la suspensión de la inscripción en el RUCT y la consecuente suspensión inmediata de esos estudios, de aquellas Universidades (Sevilla, La Laguna, Illes Balears, País Vasco y A Coruña) que, "en claro desacato judicial, han venido negándose a ejecutar las medidas cautelares de suspensión dictadas por diferentes Tribunales Superiores de Justicia".

A esta petición, según ha señalado el CGCOII, Educación esgrimió su "incompetencia", ya que "los actos suspendidos por las Salas de los Tribunales Superiores de Justicia son actos de Universidades, y no del Estado o de este Ministerio, actos que en consecuencia corresponde tratar a dichas Universidades en exclusiva".

Educación también explicaba que "tampoco el Tribunal Supremo ha suspendido ningún Acuerdo del Consejo de Ministros declarando la oficialidad e inscripción en el RUCT de determinados planes de estudios, únicos actos que este Ministerio estaría facultado competencialmente para suspender, de existir pronunciamiento firme que sustentase tal medida".

Ante el auto definitivo del Supremo, el Consejo General de Colegios Oficiales estima que ahora el Ministerio está "obligado a dictar la suspensión de inscripción en el RUCT de los estudios de Ingeniero de la Edificación de las Universidades de Burgos, País Vasco y San Pablo CEU".

lunes, 19 de diciembre de 2011

Los arquitectos técnicos recurrirán ante europa el grado en ingeniería de edificación

Está claro que el CGATE va a seguir defendiendo (con el dinero de todos, por supuesto) la titulación de ingeniería por delante de cualquier otra solución que haga rectificar el planteamiento de considerar la IE como la profesión de futuro y por delante también de nuestra actual titulación. Ahora toca recurrir a los tribunales de Europa. Y después?


noticias.lainformacion.com

El Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (Cgate) recurrirá ante los tribunales europeos la sentencia del Tribunal Supremo que deniega la reserva del “Grado en Ingeniería de Edificación” para los estudios que habilitan para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico.
El Cgate, a pesar de que la sentencia no tiene efectos prácticos directos sobre estudiantes o titulados, ha decidido acudir a las instancias europeas porque entiende que el Tribunal Supremo (TS), con este criterio, "no respeta la autonomía universitaria y pone en peligro toda la adaptación de la Universidad española al Espacio Europeo de EducaciónSuperior (proceso Bolonia)".
Esta sentencia del TS fue recurrida en amparo ante el Tribunal Constitucional quién, tras admitir el recurso, ha decidido, aunque no por unanimidad, denegar el amparo por entender que el Cgate carece de legitimidad para defender la autonomía universitaria.
Este órgano seguirá defendiendo la denominación de Graduado en Ingeniería de Edificación por entender que "no es confusa ni excesivamente generalista ya que acota con precisión el sector edificación".
"Es importante señalar que no hay nada decidido respecto al Graduado en Ingeniería de Edificación ya que los procesos judiciales seguirán para resolver los recursos contra cada una de las Universidades cuyo título ha sido denunciado", concluye el comunicado.
(SERVIMEDIA)

martes, 13 de diciembre de 2011

La UDC deberá cambiar la denominación de la titulación de Ingeniería de la Edificación

http://www.lavozdegalicia.es/coruna/2011/12/13/00031323784760443581440.htm



El Tribunal Constitucional (TC) ha ratificado la anulación de la denominación «Ingeniero de la Edificación» porque «induce a confusión» y porque «un arquitecto técnico no es un ingeniero», sentencia que obliga a la Universidade da Coruña (UDC) a cambiar la denominación de su titulación «Graduado en Ingeniería de la Edificación»

El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales (CGCOII) ha informado hoy del contenido de la sentencia del TC, que ratifica los postulados mantenidos por este organismo.

De este modo, universidades como las de A Coruña tendrán que buscar una denominación distinta a la de «Graduado en Ingeniería de la Edificación».

Esta sentencia no significa la anulación de estos títulos o la desaparición de esta titulación, sino que obliga a la Universidad de la ciudad herculina a cambiar el nombre de dicha carrera.

Así, el Tribunal Constitucional, en sentencia emitida el 21/11/2011, ha ratificado como ajustada a derecho la Sentencia de 9 de marzo de 2010 del Tribunal Supremo (TS) que anulaba la denominación de «Ingeniero de la Edificación», fundamentando que ésta «induce a confusión dado que un Arquitecto Técnico no es un Ingeniero».

El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales ha venido demandando reiteradamente a los diversos responsables políticos del Ministerio de Educación la necesidad de ofertar dichos estudios con una denominación distinta a la de «Graduado en Ingeniería de la Edificación».

Ante dicha demanda el Ministerio se ha considerado siempre incompetente, argumentando que la determinación de la denominación de los títulos es competencia exclusiva de las universidades.

La Universidad de A Coruña matriculó el pasado mes de junio con normalidad a alumnos en el grado de Ingeniería de la Edificación y siguió expendiendo títulos en esta especialidad con el «beneplácito» del Ministerio de Educación.

La institución académica replicaba así ante la demanda del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales mientras continuaba el proceso judicial que concluye ahora con el pronunciamiento del Constitucional.

lunes, 12 de diciembre de 2011

DIFERENCIA ENTRE EL CGATE Y UPAATi

Fuente: ADATE

Desde hace mucho tiempo se nos ha intentado vender que solo ejercían la profesión regulada de Arquitecto Técnico aquellos que estaban colegiados y que solo eran actividades reguladas aquellas recogidas en la LOE, y para las cuales era necesario el visado.

Se nos ha querido imponer la idea de que nuestros compañeros profesores, funcionarios, jefes de obra, tasadores, calculistas, oficina técnica, etc.; no ejercían la profesión regulada. Siendo en realidad la única diferencia existente " que no necesitaban estar colegiados y que no necesitaban visar".

Se ha querido imponer la idea de que solo era un profesional aquel que pasaba por "la caja" de los colegios, olvidándose que los demás también son profesionales de la Arquitectura Técnica.

La profesión y su ejercicio no está regulada exclusivamente por la LOE. La LOE regula las actuaciones profesionales que necesitan visado (o por lo menos necesitaban) y que por lo tanto estaban sujetas a la necesidad de colegiación.

Pero hay otra serie de ejercicios profesionales que también pertenecen a la profesión regulada y que por desgracia nunca han sido defendidos por no ser necesario el visado (y por lo tanto no generaban beneficio económico a los colegios).

La profesión regulada de Arquitecto Técnico, esta reglamentada en la LEY 1-4-1986, la cual sigue vigente, y en ella se reflejan las siguientes atribuciones:
artículo 2.1, letras a) y b): Atribuciones Proyectuales y de Dirección, acotadas después en la LOE.
artículo 2.1. c): Mediciones, cálculos, tasaciones, peritaciones, informes y trabajos análogos. (Estas atribuciones también son nuestras, aunque no estén en la LOE, y por lo tanto un tasador también ejerce la profesión regulada).
artículo 2.1. d): El ejercicio de la docencia. (Por lo tanto nuestros compañeros profesores ejercen la profesión regulada dentro de sus atribuciones profesionales, aunque no estén colegiados).
artículo 2.1. e): La dirección de todo tipo de industrias y explotaciones (Al entender que una obra de construcción es una explotación, el jefe de Obra está ejerciendo la profesión regulada al ser el director de la explotación).

En resumen: Nuestras atribuciones profesionales van mas allá de las recogidas en la LOE. El problema es que como no generaban ingresos en los colegios, al no ser necesario su visado, estas atribuciones profesionales nunca han sido defendidas.

Todos y absolutamente todos ejercemos como AT. Lo que no somos todos, es "Colegiados".

LA DIFERENCIA REAL ENTRE EL CGATE Y UPAATi, ES MUY SIMPLE.

EL CGATE SOLO CONSIDERA QUE ESTÁN EJERCIENDO LA PROFESIÓN REGULADA, AQUELLOS QUE PASAN POR SU "CAJA" Y PAGAN.

Y UPAATi CONSIDERA QUE TODOS EJERCEMOS LA MISMA PROFESIÓN, TODOS TENEMOS LOS MISMOS DERECHOS Y TODOS MERECEMOS EL MISMO APOYO Y PROTECCIÓN.

COMUNICADO-1 DE LA PLATAFORMA POR LA ASOCIACION DE AT.

Fuente: ADATE

Posted: 11 Dec 2011 12:19 PM PST

La Plataforma para la creación de la Asociación de Titulados Universitarios en AT, nos remite su primer comunicado, al que podéis acceder en el siguiente enlace:

http://www.adate.es/archivos/plataforma/comunicado-1.pdf


En contestación a varios correos en el que nos pedían explicaciones de como va esto del Movimiento Adate y por que de esta nueva plataforma, solo deciros lo siguiente:

1.- Adate, es un MOVIMIENTO espontáneo tras la preocupación entre los compañeros con todo lo que acontecía a la AT en Bolonia y que solicitan la ADAPTACION DIRECTA, al considerar que los cursos de adaptacion son injustos e innecesarios. Es decir, es un sentir COMUN, por poner un ejemplo de Movimiento, tenemos el reciente de 15M.

2.- Adate lo forman todas las personas, grupos, asociaciones, empresas, colectivos, ... que defienden la ADAPTACION DIRECTADA DE LOS AT A GRADO. Por seguir el ejemplo, quien forma el 15M?, pues las asociaciones, personas, plataformas, .... que consideran indignados por ....

3.- Pues dentro del Movimiento Adate nos encontramos con muchas personas, empresas, foros, web ... y ASOCIACIONES que comparten el fin de la ADAPTACION DIRECTA, entre ellas:

3.1.- UPAATi, Union profesional de Aparejadores y Arquitectos Tecnicos independientes. Asociacion PROFESIONAL, que segun sabemos esta constituyendose y al que le están poniendo infinidad de trabas (por ser profesional, parece que choca con el CGATE). Son los que han promovido el Manifiesto de los AT.

3.2.- PLATAFORMA por la Asociacion de TITULADOS UNIVERSITARIOS en AT, que va a solicitar constituirse como Asociación la semana que viene, y de la que tenéis mas informacion en el enlace anterior.

Como ejemplo de asociaciones, plataformas, ... del 15M tenemos a Democracia Real Ya, Spanish Revolution, Acampada Sol, Juventud sin futuro....


Con todo esto esperamos dejar claro el Mapa del Movimiento Adate, ADATE SOMOS TODOS, así que no tiene dirigentes (se conoce dirigentes del 15M?).

Nos gustaría completar una lista de todas las asociaciones, web, blog, ... que apoyan al Movimiento Adate, por lo que si queréis aparecer en dicha lista solo tenéis que comunicarnoslo al correo: informacion.adate.es@gmail.com


Por ultimo recordaros que UPAATi comunico que el plazo para recogida de firmas del Manifiesto era hasta el día 20 de este mes. Y esperar que la Plataforma no tenga "problemas" para constituir su asociación ya que no es "profesional", es de Titulados.

domingo, 11 de diciembre de 2011

ASOCIACION DE TITULADOS UNIVERSITARIOS EN AT

Fuente: ADATE

Nos han remitido que ha nacido la Plataforma para la creación de la Asociación de Titulados en AT, cuyo objetivo es la Adaptación Directa, os dejamos la información que nos remiten:

""PLATAFORMA ADATE, para la creación de la "Asociación de Titulados Universitarios en Arquitectura Técnica para y por la Adaptación Directa al Espacio Europeo de Educación Superior".

OBJETIVO: La Adaptación Directa de todos los titulados universitarios en Arquitectura Técnica al Espacio Europeo de Educación Superior.

IDEA: "Porque la experiencia es y equivale a un GRADO".



Vamos a ver si por fin podemos constituir una asociación "representativa" con un OBJETIVO y UNA IDEA COMÚN, CLARA, CONCISA Y SIN DESVIARNOS DEL TEMA.

En cuanto tenga preparado unos estatutos, los publicaré también.

Muchas GRACIAS por vuestro apoyo, paciencia, tiempo y ayuda.

Saludos.""

Puedes apuntarte al grupo de Facebook que han creado:

http://www.facebook.com/groups/287091094660922/

O solicitar mas información en el correo:

plataformaadate@gmail.com

#AsociacionTituladosAT

EL INMATEMATICO MUNDO DE LAS FINANZAS

Después de haber acabado el libro MAS ALLÁ DEL CRASH, de Santiago Niño Becerra, donde se exponen los datos económicos previos y previsibles de nuestra actual situación económica, me he hecho algunas reflexiones relacionadas con nuestro sector y con el inmatemático mundo de las finanzas.


Asumamos como cierto que, desde los primeros bocetos hasta el final de una obra acabada suele pasar por imprevistos propios de cada proceso constructivo, adaptaciones del proyecto a alguna normativa, anexos, prescripciones del ayuntamiento, requerimientos del promotor, ingenierías, técnicos, cambios de materiales, en definitiva, muchas variables e improvisaciones con afectación a la tesorería de la obra, y que, en consecuencia, nuestro sector se ha ganado en parte con razón una fama de poco exacto, de inmatemático.

Sin embargo, parece que los últimos años estamos viviendo como el mundo financiero, económico, de números, de excels interminables, de previsiones, de gráficos y decimales, nos ha pasado por delante. Se empieza a ver claro que, ni en nuestro país ni en otros, la crisis ha estado motivada por el boom de la construcción, sino por mecanismos financieros macroeconómicos que han permitido el incremento y la posterior caída del sector, arrastrando consigo familias, empresas y técnicos en base a la revalorización del suelo como técnica puramente financiera, o sea, irreal.

Y esa revalorización ha sido de manera casi exclusiva del suelo, de la intermeadiación, del comisionismo, de la ambición de algunos promotores, pero no del valor de la propia construcción, de los materiales, de los técnicos, de la mano de obra. Me parece que cuando se habla del boom inmobiliario, todo se relaciona con los pisos y las casas en concepto de edificación acabada, y no de la composición de ese precio, donde el factor suelo había escondido el potencial de hundir no sólo nuestro sector, sino el inmatemático mundo financiero que lo permitió y estimuló, para el beneficio de unos pocos.

miércoles, 7 de diciembre de 2011

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DESESTIMA EL RECURSO DE AMPARO PRESENTADO POR EL CGATE

Nos remiten siguiente comunicado desde UPPATi:

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DESESTIMA EL RECURSO DE AMPARO PRESENTADO POR EL CGATE

Ayer, el CGATE ha publicado en su página WEB (http://www.cgate.es/NOT60.htm) la noticia de que el Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo presentado en contra de la Sentencia del TS por la que se anulaba la inscripción de la denominación de "Ingeniero de la Edificación" en el Acuerdo de Ministros que regula los títulos que dan acceso a ejercer la profesión regulada de Arquitecto Técnico.

En dicha noticia, el CGATE vuelve a realizar una interpretación totalmente partidista de la Sentencia del TC, creyendo que los Arquitectos Técnicos somos tontos y no nos vamos a enterar de nada. Con el fin de que cada uno saque sus propias conclusiones, se adjunta el documento real de la sentencia (http://web.edificandonuestrofuturo.es/archivo/noticias-2011/item/download/21_4af5adc10219e8c0d34afebe7f75ef13)

Es sumamente importante analizar el comunicado realizado por el CGATE, para que todos podamos apreciar como el organismo que debe velar por nuestros intereses, no hace otra cosa que intentar engañarnos y mantener la gran farsa que ha sido su actuación.

El comunicado del CGATE comienza con una frase rotunda, "El TC dice que si se anulara la denominación "Ingeniero de Edificación" incidiría en el Proceso de Bolonia". Siendo esta afirmación una completa mentira.

El Tribunal Constitucional, representado por los cinco jueces que componen la mesa, no realiza esa afirmación en ningún momento. Limitándose el Auto de la Sentencia a recoger esta afirmación realizada por los afectados en el apartado de Antecedentes.

El CGATE recalca en múltiples ocasiones durante el comunicado que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado y uno de los Magistrado de la mesa, han apoyado el recurso de amparo presentado por el CGATE. Lo que omite intencionadamente, es que quien tiene la potestad para dictar Sentencia y dictaminar sobre el asunto es la mesa completa, y esta está compuesta por cinco magistrados de los cuales cuatro han desestimado el recurso de amparo.

En resumen, y teniendo en cuenta solo los hechos reales y no las interpretaciones partidistas, solo se pueden sacar dos conclusiones.

- Queda anulada definitivamente la inscripción de la denominación de "Ingeniería de la Edificación" en el Acuerdo de Ministros que regulan los Títulos Oficiales que permiten el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico.

- El Tribunal Constitucional deja bien claro en los fundamentos de derecho de la sentencia, que son los tribunales ordinarios quienes deben de dictar las sentencias sobre la validez del título.

Por Ultimo, y como colofón, la situación queda perfectamente explicada en el post que un compañero ha publicado en el muro de Facebook y que a continuación dejamos:

Por mucho que el CGATE (ó KGATE como lo definió hace tiempo un compañero) intente dulcificar el hecho de que el TC ha denegado el recurso de amparo, lo auténticamente cierto es que el recurso de amparo ha sido denegado. El resto es simple morralla y relleno para intentar justificar la actuación nefasta que ha tenido el CGATE en todo el proceso.

El CGATE en vez de reconocer su error y buscar una salida para los miles de AT que han realizado los cursos de adaptación, está dispuesto a luchar hasta el fin con tal de no reconocer sus errores, aunque eso signifique que los miles de AT que confiaron en el, puedan perder su dinero en una titulación sin valor.

El CGATE y los colegios deberían, en un ejercicio de responsabilidad con sus colegiados, reconocer que estaban completamente equivocados y que el sistema propuesto no es viable judicialmente. Deberían, en un ejercicio de responsabilidad con sus colegiados, reconocer que han vendido a sus colegiados una titulación inexistente.

Y finalmente, deberían presentar la renuncia a sus cargos oficiales por el fracaso rotundo que ha sido su gestión en todo el proceso de Bolonia.

Nota: ASAT también ha publicado sobre este tema, podéis verlo en el siguiente enlace:

http://www.asat.es/prensa/noticias/item/128-el-tribunal-constitucional-deniega-el-amparo-solicitado-por-el-cgate

viernes, 2 de diciembre de 2011

Un gobierno en funciones no puede aprobar hoy la ley Sinde

Ante la previsible aprobación dentro de unas horas de la polémica “Ley Sinde”, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de Internet seguimos manifestando – como hicimos en el Manifiesto de 2 de diciembre de 2009 – nuestra firme oposición a una norma que incluye modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet. En principio no parece de recibo que un Gobierno en funciones adopte esta decisión en su último o uno de sus últimos Consejos de Ministros. Sería doblemente grave que se confirmaran las presiones ejercidas por EEUU, a través de su embajada en Madrid, como revelaron los cables de Wikileaks. En todo caso insistimos en estos razonamientos:
Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.
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