domingo, 11 de noviembre de 2012

MUSAAT NOS ROBA. INCLUSO A LOS HEREDEROS

Os adjunto el contenido de un correo que he recibido de Roberto F., hijo de un compañero aparejador fallecido en diciembre del 2011, donde comenta su personal experiencia con la póliza de Musaat de su padre, en un momento en que las redes sociales están echando chispas sobre las cuotas del 2013 y más que nunca se están buscando alternativas a nuestro seguro de RC.
Ya le he recomendado que siga el perfil de twitter y facebook de ticAT_es, así como el hangout del próximo día 15 a las 22h donde se va a tratar el tema, pero espero poder ayudar con toda la información que pueda recibir.
Yo también estoy buscando alternativas y espero la contestación de la correduría del colegio a mi caso particular, ya que también me suben la cuota por haber tenido un juicio por demanda en el 2006...del que salí absuelto!
Muchas gracias a Roberto por su confianza, espero que entre todos consigamos un poco de luz para su caso y para muchos otros compañeros afectados por el cambio de criterio de este año para el cálculo de las cuotas de Musaat.

Desde Lugo, el 10/11/2012

Estimado Miguel Ángel

Me llamo Roberto F. Soy de Lugo e hijo de un aparejador, el cual falleció en Diciembre de 2011. Buscando información sobre la póliza de inactivos de Musaat he encontrado el artículo que escribiste en tu blog, y paso a relatarte lo que nos ha ocurrido a nosotros sobre este tema, primero para tengas más constancia, si cabe, de este problema y segundo para que si conoces de alguna posible solución me la comuniques a mí y a todo aquel que conozcas que puede verse perjudicado.

Te resumo los hechos:

Después de 40 años de profesión (y de pago religioso a Musaat) mi padre fallece en Diciembre de 2011 (todavía en activo). Días antes de su fallecimiento, Musaat envía las condiciones de renovación de la póliza para que se devuelva firmada. Me paso por el Colegio de aparejadores de Lugo para informarles que no se va a renovar la póliza dado que el fallecimiento de mi padre es inminente, a lo que me informan que los herederos seguimos teniendo responsabilidad, no penal pero sí civil, ante cualquier reclamación que pudiera existir sobre las obras en las que mi padre ejerció como director de obra durante los 10 años posteriores a la firma del final de obra. Así mismo me informan de la existencia de la denominada “póliza de inactivos” con las condiciones que ya conoces (50.000 € de capital asegurado, etc.) pero días más tarde me comunican que Musaat se niega a incluirnos en dicha póliza alegando que hubo varios siniestros y por tanto no nos corresponde dicha póliza. No nos dejan otra opción que abonar los herederos la prima exigida.

Después de intentar diversas soluciones (buscar otra compañía que nos haga el seguro en mejores condiciones, aceptar la herencia a beneficio de inventario, etc..) y dado que el tiempo pasaba y no obteníamos una solución aceptable, decidimos reducir el capital asegurado y abonar la póliza (1.200 €). Nuestra sorpresa vuelve a surgir hace unos días, cuando recibimos las nuevas condiciones de la póliza y en base a no sé qué nuevos sistemas de cálculo que aplican, nos duplican la prima. Estupefacto, me dirijo al colegio y me informan que efectivamente varios colegiados se han quejado y es lo que hay…

¿Cómo pretenden que unos herederos (mi madre, mi hermana y yo), con la coyuntura económica que hay, paguemos 2.300 € durante diez años (el último final de obra es del 2011)? Y para mayor abundamiento ¿Quién me garantiza a mí que para el próximo año no vuelvan a duplicar la prima? Con estas condiciones, no nos dejan más remedio que no renovar la póliza, con la consiguiente indefensión para nosotros y riesgo para nuestros patrimonios.

En una compañía de seguros tienen que saber que por el tipo de negocio que es, unas veces ganan y otras pierden…, pero no, ellos tienen que ganar siempre… Si mi padre en 40 años no tuviese ninguna reclamación (algo muy poco probable, por otro lado) ellos se habrían metido en el bolsillo un montón de pasta, pero como sí hubo reclamaciones, los herederos que se jodan y sigan pagando, encima en las mismas condiciones que si mi padre siguiera trabajando y haciendo nuevas obras. ¿En qué cabeza cabe? Y los colegios se supone que están para defender los derechos de sus colegiados ¿qué han hecho para evitar este atropello?

Visto el listado de reclamaciones que en la web de Musaat constan para mi padre, veo que hay dos reclamaciones del año 2004 que constan como abiertas (las demás tiene fecha de apertura y de cierre, por lo que entiendo que sobre las mismas no caben más acciones). En buena lógica, si el seguro estaba vigente en el año 2004, que es el año de la reclamación, si hay una resolución condenatoria posteriormente a no haber renovado la póliza, Musaat se debe hacer cargo de esa indemnización. Sin embargo, cuando hablas con ellos para decirles que en esas condiciones no vas a renovar la póliza, sacan a colación los dos exptes abiertos, con una amenaza velada de que si no pagas ellos se desentienden del tema…

En fin, no me extiendo más. Gracias por tu tiempo. Espero que te sirva esta experiencia para intentar buscar una solución a este problema, y si por tus conocimientos y experiencia me puedes ayudar en este tema, te estaré enormemente agradecido.

Un saludo

Roberto F.

viernes, 2 de noviembre de 2012

ESTADO DE LOS TITULOS QUE HABILITAN PARA EL EJERCICIO DE ARQUITECTO TECNICO, A FECHA 30 DE OCTUBRE DE 2012


Compartiendo información de ADATE-UPAATi sobre la titulación de Grado:

ESTADO DE LOS TITULOS QUE HABILITAN PARA EL EJERCICIO DE ARQUITECTO TECNICO, A FECHA 30 DE OCTUBRE DE 2012
ADATE-UPAATi

ESTADO DE LAS TITULACIONES QUE DAN ACCESO A NUESTRA PROFESIÓN:
Desde UPAATi entendemos que frente a las convulsiones que afectan a los títulos que habilitan para el
ejercicio de nuestra Profesión, todos los Arquitectos Técnicos debemos de estar Unidos.
Entendemos que no debemos entrar en apoyar ó atacar ninguna de las posibles denominaciones que
puedan tener los títulos de grado de nuestros compañeros de Profesión.
Todos somos, ó seremos, Profesionales de la Arquitectura Técnica. Por lo que nuestra obligación es dar
el máximo apoyo a todos los compañeros independientemente del nombre que ponga en su título.
Pero lo que no podemos hacer desde UPAATi, es ocultar la información del estado de las titulaciones de
Grado a nuestros compañeros y futuros compañeros. Es nuestra obligación tener informado al colectivo
profesional de todas aquellas circunstancias que puedan afectar tanto a compañeros como a los futuros
compañeros.
La situación de las titulaciones de grado que permiten el acceso a la profesión de Arquitecto Técnico, es
muy dispar entre las 32 Universidades que las imparten. Por lo que a continuación se desglosa la
situación de cada una teniendo en cuenta su situación legal.

Universidades con Títulos no Inscritos en el RUCT: Títulos que aún no están inscritos en el RUCT y que el Ministerio de Educación ha comunicado que no se van a Inscribir.
Universidad de Lleida: Han estado impartiendo el título de grado de Ingeniería de la Edificación, el
cual no tenía carácter oficial al no estar inscrito en el RUCT.
En su página WEB indican que la denominación está pendiente de ser modificada, pero no se indica
el nuevo nombre.
Universidad Pompeu Fabra: Han estado impartiendo el título de grado de Ingeniería de la Edificación,
el cual no tenía carácter oficial al no estar inscrito en el RUCT.
Actualmente han dejado de impartir este título.
Universidad Ramón Llull: El título de grado que imparte de Ingeniería de la Edificación, no tiene
carácter oficial al no estar inscrito en el RUCT.
En su página WEB indican de esta denominación puede ser modificada.
Universidad de Girona: El título de grado que imparte de Ingeniería de la Edificación, no tiene
carácter oficial al no estar inscrito en el RUCT.
Universidad de Alicante: El título de grado que imparte de Ingeniería de la Edificación, no tiene
carácter oficial al no estar inscrito en el RUCT.
Universidad Politécnica de Catalunya: El título de grado que han estado impartiendo de Ingeniería de
la Edificación, no tenía carácter oficial al no estar inscrito en el RUCT. Recientemente han solicitado
el cambio de denominación del título de grado a “Ciencias y Tecnologías de la Edificación”.
Universidad de Zaragoza: El título de grado que imparte de Ingeniería de la Edificación, no tiene
carácter oficial al no estar inscrito en el RUCT.

Universidades con Títulos cuya inscripción en el RUCT ha sido anulada: Títulos que estaban inscritos en el RUCT, y por lo tanto eran oficiales, y cuya inscripción ha sido anulada judicialmente. Por lo que han dejado de ser oficiales.
Universidad de Salamanca: Ha sido anulada la inscripción en el RUCT del título de grado de
Ingeniería de la Edificación que han estado impartiendo, por medio de sentencia firme del TS (R.O.
308-2010 de la Sala Contenc. Adm. Sección 4). Esta sentencia ha sido recurrida ante el TC, sin que se
tenga constancia de su aceptación. Por lo que dicho título ha dejado de ser oficial.
Universidad de Alcalá: Ha sido anulada la inscripción en el RUCT del título de grado de Ingeniería de
la Edificación que han estado impartiendo, por medio de la sentencia firme del TS, (R.O. 597-2009 de
la Sala Contenc. Adm. Sección 4). Por lo que dicho título ha dejado de ser oficial.
Universidad Camilo José Cela: Ha sido anulada la inscripción en el RUCT del título de grado de
Ingeniería de la Edificación que han estado impartiendo, por medio de la sentencia firme del TS,
(R.O. 597-2009 de la Sala Contenc. Adm. Sección 4). Por lo que dicho título ha dejado de ser oficial.
Actualmente imparten el “Grado en Edificación”. Título todavía pendiente de verificar por ANECA y
no inscrito en el RUCT.
Universidad Europea Miguel de Cervantes: Ha sido anulada la inscripción en el RUCT del título de
grado de Ingeniería de la Edificación que han estado impartiendo, por medio de la sentencia firme
del TS, (R.O. 597-2009 de la Sala Contenc. Adm. Sección 4). Por lo que dicho título ha dejado de ser
oficial.
Además el TSJ de Castilla y León ha anulado el plan de estudios de Ingeniería de la Edificación, así
como los títulos ya emitidos bajo esa denominación.
Recientemente han solicitado el cambio de denominación del título de grado a “Grado en
Arquitectura Técnica”.
Universidad de las Illes Baleares: Ha sido anulada la inscripción en el RUCT del título de grado de
Ingeniería de la Edificación que han estado impartiendo, por medio de la sentencia firme del TS,
(R.O. 597-2009 de la Sala Contenc. Adm. Sección 4). Por lo que dicho título ha dejado de ser oficial.
Universidad Politécnica de Madrid: Ha sido anulada la inscripción en el RUCT del título de grado de
Ingeniería de la Edificación que han estado impartiendo, por medio de la sentencia firme del TS,
(R.O. 597-2009 de la Sala Contenc. Adm. Sección 4). Por lo que dicho título ha dejado de ser oficial.
Universidad de Navarra: Ha sido anulada la inscripción en el RUCT del título de grado de Ingeniería
de la Edificación que han estado impartiendo, por medio de la sentencia firme del TS, (R.O. 598-2009
de la Sala Contenc. Adm. Sección 4). Por lo que dicho título ha dejado de ser oficial.
Universidad de Burgos: Ha sido anulada la inscripción en el RUCT del título de grado de Ingeniería
de la Edificación que han estado impartiendo, por medio de la sentencia firme del TS, (R.O. 582-2010
de la Sala Contenc. Adm. Sección 4). Por lo que dicho título ha dejado de ser oficial.
Recientemente han solicitado el cambio de denominación del título de grado a “Grado en
Arquitectura Técnica”.
Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea: Ha sido anulada la inscripción en el RUCT
del título de grado de Ingeniería de la Edificación que han estado impartiendo, por medio de la
sentencia firme del TS, (R.O. 582-2010 de la Sala Contenc. Adm. Sección 4). Por lo que dicho título ha
dejado de ser oficial.

Recientemente han solicitado el cambio de denominación del título de grado a “Grado en
Arquitectura Técnica”.
Universidad San Pablo-CEU: Ha sido anulada la inscripción en el RUCT del título de grado de
Ingeniería de la Edificación que han estado impartiendo, por medio de la sentencia firme del TS,
(R.O. 582-2010 de la Sala Contenc. Adm. Sección 4). Por lo que dicho título ha dejado de ser oficial.


Universidades con Títulos sobre los que pesan medidas cautelares: Títulos que están inscritos en el RUCT, y por lo tanto son oficiales, sobre los que pesan medidas cautelares y por lo tanto no se pueden emitir.
Universidad Alfonso X El Sabio: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la Edificación,
pero no pueden emitir el título debido a las medidas cautelares.
Universidad de A Coruña: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la Edificación, pero
no pueden emitir el título debido a las medidas cautelares.
Universidad de Sevilla: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la Edificación, pero no
pueden emitir el título debido a las medidas cautelares. Recientemente han solicitado el cambio de
denominación del título de grado a “Ciencias y Tecnologías de la Edificación”.
Universidad de La Laguna: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la Edificación, pero
no pueden emitir el título debido a las medidas cautelares.
Universidad Antonio de Lebrija: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la Edificación,
pero no pueden emitir el título debido a las medidas cautelares. Se está pendiente de la repetición
del juicio, en el que se anuló la inscripción del título en el RUCT, por defectos de forma.
Universidad de Extremadura: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la Edificación,
pero no pueden emitir el título debido a las medidas cautelares.
Universidad de Granada: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la Edificación, pero no
pueden emitir el título debido a las medidas cautelares.
Universitat Politécnica de Valencia: Han estado impartiendo el título de grado de Ingeniería de la
Edificación, pero no pueden emitir el título debido a las medidas cautelares.
Recientemente han solicitado el cambio de denominación del título de grado a “Grado en
Arquitectura Técnica”.

Universidades con Títulos pendientes a resoluciones judiciales: Títulos que están inscritos en el RUCT, y por lo tanto son oficiales, sobre los que no hay medidas cautelares, pero si hay interpuestas demandas judiciales y sobre los que todavía no hay sentencias. Y por lo tanto si se pueden emitir.
Universidad Politécnica de Cartagena: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la
Edificación y pueden emitir el título. Están pendientes de celebración del Juicio.
Universidad Jaume I de Castellón : Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la
Edificación y pueden emitir el título. Están pendientes de celebración del Juicio.
Universidades sin medidas cautelares y sin recursos pendientes conocidos: Títulos que están inscritos
en el RUCT, y por lo tanto son oficiales, sobre los que no hay medidas cautelares. Y por lo tanto si se
pueden emitir el título con todas las garantías legales
Universidad Europea de Madrid: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la Edificación y
pueden emitir el título aparentemente con todas las garantías legales.
Universidad de Castilla-La Mancha: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la
Edificación y pueden emitir aparentemente el título con todas las garantías legales.
Universidad Católica San Antonio: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la
Edificación y pueden emitir aparentemente el título con todas las garantías legales.
Universidad Pontificia de Salamanca: Están impartiendo el título de grado de Ingeniería de la
Edificación y pueden emitir el título aparentemente con todas las garantías legales.
IE Universidad: Aunque han impartido el título de grado de Ingeniería de la Edificación y pueden
emitir el título aparentemente con todas las garantías legales, han decidido voluntariamente el no
impartirlo hasta que se despeje el panorama legal

UPAATi (uprofesionalaat@terra.es)