miércoles, 22 de junio de 2011

SEVILLA El TSJA suspende cautelarmente la denominación del título de Graduado en Ingeniería de Edificación de la US



A destacar:

“ Así, según el Consejo, la Universidad ha precisado los daños que le generaría a la Universidad la pérdida de las matrículas de los alumnos "que no confiarían en cursar una titulación cuya denominación esté suspendida", lo que supone una pérdida de al menos 408 alumnos para el próximo curso, según indica el Consejo aludiendo al escrito de la US, así como los daños generados a los alumnos "que no podrían solicitar la expedición de su título al finalizar este curso, toda vez que actualmente hay matriculados 1.865 alumnos".
El Consejo ha explicado que la Universidad de Sevilla ha aportado al tribunal lo manifestado en el escrito del recurso de súplica que presentó en su día la Universidad de Burgos, "y ello sin contar con las posibles indemnizaciones que pueden solicitar a la Universidad aquellos estudiantes que obtengan en este curso académico el título de grado en Ingeniería de la Edificación por los perjuicios económicos que puedan sufrir cuando la Universidad con motivo de la suspensión no pueda expedir el título que han obtenido, lo que impedirá, a estos estudiantes, desarrollar la profesión para que la que están habilitados".”



SEVILLA, 22 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha comunicado al Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales que, a la vista del recurso contencioso administrativo promovido por este Consejo, incluyendo la solicitud de adopción de medidas cautelares contra los estudios de 'Graduado en Ingeniería de la Edificación' de la Universidad de Sevilla, ha acordado, suspender cautelarmente la resolución de 20 de diciembre de 2010, de la Universidad de Sevilla, por la que se publica su plan de estudios de Graduado en Ingeniería de la Edificación.

Según indica el Consejo en una nota, esta decisión judicial del TSJA se efectúa tras haber analizado las alegaciones formuladas por la Abogacía del Estado y dicha Universidad, y se ha basado en los mismos fundamentos de derecho en los que se basó el Tribunal Supremo en su acuerdo de 31 de marzo de suspensión del carácter oficial de los títulos de 'Graduado en Ingeniería de la Edificación' de las universidades de Burgos, País Vasco y San Pablo-CEU.

Por tanto son ya cinco las universidades españolas (Burgos, La Laguna, País Vasco, San Pablo-CEU y Sevilla) que, cautelarmente, no pueden utilizar la denominación de 'Graduado en Ingeniería de la Edificación' en sus títulos, a las que se suma la Universidad Antonio de Nebrija, de conformidad con la sentencia de 22 de febrero del Tribunal Supremo.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales han resaltado que este auto judicial se produce en dicho sentido "aun cuando la Universidad de Sevilla alegó que las sentencias invocadas se encontraban, una con un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y otra recurrida ante el propio Tribunal Supremo".

El Consejo ha apuntado algunas de las afirmaciones que realiza en su escrito de alegaciones la Universidad de Sevilla, "que no duda en aseverar que 'los alumnos que están cursando la titulación pueden encontrarse con la tesitura de terminar sus estudios y no poder solicitar un título universitario con la denominación que consta en el plan de estudios, o de no saber qué título se les va a otorgar, lo que va a determinar un perjuicio cierto y grave de estos alumnos que no van a poder ejercer los derechos que se derivan de la conclusión de sus estudios'".

Asimismo, agrega que la US "califica la situación de "incertidumbre y gravemente perjudicial en que pueden encontrarse cientos de estudiantes que tras concluir sus estudios universitarios no podrán obtener el título al que legítimamente tienen derecho".

CUANTIFICACIÓN DE DAÑOS

Además, el Consejo de Colegios de Ingenieros explica que el escrito de la Universidad de Sevilla "no solo apunta al Ministerio de Educación como responsable de la situación al afirmar "fue el Ministerio el que efectuó la reserva de la denominación 'Ingeniería de la Edificación' para los estudios destinados al ejercicio de la profesión, a instancias de las propias universidades que lo han recogido así en sus planes de estudios", sino que también cuantifica las repercusiones de la suspensión cautelar concedida.

Así, según el Consejo, la Universidad ha precisado los daños que le generaría a la Universidad la pérdida de las matrículas de los alumnos "que no confiarían en cursar una titulación cuya denominación esté suspendida", lo que supone una pérdida de al menos 408 alumnos para el próximo curso, según indica el Consejo aludiendo al escrito de la US, así como los daños generados a los alumnos "que no podrían solicitar la expedición de su título al finalizar este curso, toda vez que actualmente hay matriculados 1.865 alumnos".

El Consejo ha explicado que la Universidad de Sevilla ha aportado al tribunal lo manifestado en el escrito del recurso de súplica que presentó en su día la Universidad de Burgos, "y ello sin contar con las posibles indemnizaciones que pueden solicitar a la Universidad aquellos estudiantes que obtengan en este curso académico el título de grado en Ingeniería de la Edificación por los perjuicios económicos que puedan sufrir cuando la Universidad con motivo de la suspensión no pueda expedir el título que han obtenido, lo que impedirá, a estos estudiantes, desarrollar la profesión para que la que están habilitados".

Para el Consejo, estas decisiones "suponen un respaldo a los comunicados de los ingenieros industriales advirtiendo a los estudiantes y a sus familias, así como a las universidades y al Ministerio de Educación ante la necesidad de dar una salida a una problemática con cada vez un mayor número de damnificados".

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